Últimamente ha surgido una gran polémica respecto al RUT. Esto se debe a que los comercios llevan un tiempo optando por exigir el mismo con la excusa de que las personas no podrán realizar sus compras dentro del establecimiento, a menos que lo entreguen. Este hecho sucede sin dar ningún tipo de explicación al respecto por parte de los trabajadores, lo que ha generado gran molestia en los consumidores.
De esta manera, la situación generó sospechas y dudas del porqué existe tal comportamiento. ¿Cuál es el misterio detrás de la insistencia de este tipo de petición? Los usuarios han generado cierta desconfianza que los ha llevado a crear sus propias hipótesis. La realidad es que mucho se especula al respecto y se piensa que se quiere imponer un tipo de control sobre la población.
Contenido de la entrada
Supuestos en que debe o no hacerse entrega de la RUT

Es bien sabido que nadie está en la obligación de entregar su identificación para realizar compras en la mayoría de los lugares donde este se exige, debido a que legalmente estos comercios no pueden negar una transacción de compra por supuestos que no tengan una base sustancial, es decir, el comercio no puede negar la compra solo por el hecho de no querer entregar el rut y mucho menos si esta es realizada con efectivo.
Sin embargo, si hay ocasiones donde legalmente debe hacerse la entrega del documento como una obligación, esto se refiere a razones de sentido común, por ejemplo, cuando se desea comprar bebidas espirituosas, al momento de comprar un boleto de aerolínea, cuando se realiza una compra mediante tarjeta de crédito, al momento de comprar recetas médicas y otras mucho más especificas.
¿Está justificada la petición del documento?
Los retail, empresas y comercios piden el rut como una estrategia de marketing, debido a que gracias a esto pueden saber donde estuvo el consumidor y que tiendas frecuenta, de forma que les facilita la creación de algún tipo de descuento u oferta para cada individuo en especifico, es decir, ellos generan está estratagema para conocer más a sus clientes a tal punto que puedan ofrecer lo que necesitan sin que sea pedido.
No obstante, queda por parte del consumidor si vale o no la pena que sean de conocimiento público sus datos personales, si con una oferta es más que suficiente para hacer entrega de la rut, todo queda por parte del criterio de esa persona. Sin embargo, no se puede ignorar el hecho de que existan páginas web denominadas “Rutificador” donde se maneje este tipo información de carácter privado.
En el ámbito legal

Existe una ley promulgada en el año 1999 que garantiza la protección de los datos personales de cada uno de los ciudadanos chilenos, esta ley de Protección de Vida Privada procura hacerse de conocimiento dentro de la población para que cada individuo dentro de la sociedad conozca su derecho a no querer entregar datos personales a ninguna persona o ente ya sea físico o virtual.
Finalmente, esta ley, con el tiempo, deberá adecuarse a la nueva era cibernética para evitar filtración de cualquier tipo de dato vía web sin el conocimiento de la persona, para que no se filtre información de documentos tales como el RUT. Debe existir un límite para el suministro de datos que este bajo conciencia de hombres y mujeres no solo en Chile, sino en todo el mundo.